Regularización extraordinaria 2026: revisa si puedes solicitarla

Te ayudamos a entender requisitos, plazos y documentación para presentar tu solicitud con seguridad.

Plazo

Solicitudes desde principios de abril hasta 30 de junio de 2026

Requisito clave

Solicitudes desde principios de abril hasta 30 de junio de 2026

Fecha de corte

Residir en España antes del 01/01/2026

Imprescindible

sin antecedentes penales

¿Quién puede solicitarla?

Personas en España

  • Acreditar que se lleve 5 meses en España de forma ininterrumpida (Que no has salido de España ni un solo día)

  • Residencia previa al 01/01/2026

  • Sin antecedentes

Columna B: Solicitantes de protección internacional

  • Solicitud presentada antes del 01/01/2026 (y acreditable) 

Qué consigues con la autorización

  • Permite trabajar automáticamente en todo el territorio y en cualquier sector 

  • Vigencia inicial 1 año 

  • Después, paso a vías ordinarias del Reglamento 

Comprobar requisitos:

Regularización 2026
¿Estabas en España antes del 31/12/2025?
¿Puedes acreditar 5 meses continuados?
¿Tienes antecedentes penales?
¿Has pedido asilo en España después del 1 de enero del 2026?

✅ Tu caso es viable

¡Buenas noticias! Según tus respuestas, cumples los requisitos mínimos para iniciar el proceso de regularización.

Esto significa que tu situación podría encajar dentro de los criterios actuales establecidos.

¿Qué ocurre ahora?

  • Revisaremos tu caso con más detalle.
  • Te contactaremos por WhatsApp en breve.
  • Te explicaremos los siguientes pasos y la documentación necesaria.

No inicies ningún trámite por tu cuenta hasta hablar con nosotros.

📲 En breve recibirás nuestro mensaje.

❌ Actualmente no cumples los requisitos mínimos

Según las respuestas indicadas, en este momento tu caso no reúne las condiciones necesarias para iniciar el proceso.

Sabemos que cada situación puede tener matices que este test rápido no contempla.

¿Qué significa esto?

  • Puede que aún no cumplas el tiempo requerido.
  • Es posible que necesites reunir más documentación.
  • Tu situación podría requerir una valoración más detallada.

Si tu situación cambia o deseas una revisión personalizada, puedes consultarnos igualmente.

Estamos aquí para orientarte.

❓Preguntas Frecuentes

¿Por qué se hace ahora?

La regularización extraordinaria se impulsa en este momento para dar respuesta a una realidad social ya existente. Busca garantizar derechos, ofrecer seguridad jurídica y reconocer la situación de personas que ya viven en España.

La medida responde a una amplia iniciativa ciudadana respaldada por más de 700.000 firmas y por una mayoría parlamentaria significativa. El objetivo es ofrecer una solución rápida, eficaz y plenamente ajustada al marco legal español y europeo.

Aunque existe una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) en el Congreso, el Gobierno ha optado por la vía reglamentaria mediante Real Decreto por ser actualmente la fórmula más rápida y garantista.

No sustituye el debate parlamentario, sino que permite dar una respuesta inmediata dentro del marco constitucional ante una situación considerada urgente.

Según el documento oficial, no. La medida establece una fecha de corte clara (residencia previa al 31 de diciembre de 2025) y un plazo cerrado de solicitud, lo que limita su alcance a personas que ya se encuentran en España.

Además, se sostiene que la irregularidad es precisamente lo que favorece la explotación. Regularizar, en este sentido, reduciría la economía informal y las situaciones de vulnerabilidad.

La autorización de residencia concedida habilita automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector.

Tiene una vigencia inicial de un año. Tras ese periodo, las personas deberán incorporarse a las vías ordinarias del Reglamento de Extranjería.

El documento destaca que muchas personas ya trabajan actualmente en condiciones de informalidad, y que la regularización permitirá cotizar, pagar impuestos y acceder a derechos como el resto de la ciudadanía.

Las solicitudes se prevé que comiencen a principios de abril de 2026, una vez aprobado definitivamente el Real Decreto.

El proceso estará abierto hasta el 30 de junio de 2026 

Entre los requisitos principales se encuentran:

  • Acreditar una permanencia continuada mínima de cinco meses en el momento de la solicitud

  • Haber residido en España antes del 31 de diciembre de 2025

  • Carecer de antecedentes penales 

El requisito principal es demostrar una permanencia continuada mínima de cinco meses en el momento de la solicitud y que la residencia en España sea anterior al 31 de diciembre de 2025

Para ello, normalmente pueden utilizarse documentos que acrediten presencia en el país, como por ejemplo:

  • Certificado de empadronamiento

  • Citas médicas o historial sanitario

  • Matrícula escolar (propia o de hijos/as)

  • Contratos de alquiler

  • Facturas, transferencias o envíos

  • Cualquier documento oficial que refleje fecha y estancia en España

La documentación concreta dependerá de cada caso, por lo que es recomendable realizar una revisión personalizada antes de presentar la solicitud.